martes, agosto 01, 2017

LA INICIATIVA LEGISLATIVA BERCIANA.


LA INICIATIVA LEGISLATIVA BERCIANA.
por Javier Lago Mestre.
Colectivo cultural Fala Ceibe do Bierzo.

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León reconoce la iniciativa legislativa a la Junta y a los procuradores. También se admite la iniciativa legislativa popular y de los ayuntamientos. La ley regional de 2001 regula esta iniciativa para una petición conjunta de 25 ayuntamientos o 10 que representen al menos a 25.000 electores. Resulta difícil entender que se excluya de esta iniciativa legislativa a las diputaciones y al Consejo Comarcal de El Bierzo que representan a numerosos municipios de sus territorios. Entendemos que El Bierzo debería reclamar el reconocimiento de iniciativa legislativa para poder defender mejor sus intereses y su autonomía comarcal.

Por otra parte, el Consejo Comarcal de El Bierzo debería desarrollar más lo que podemos llamar la iniciativa legislativa informal. Nos referimos a la posibilidad de aprobación, por parte del pleno comarcal, de iniciativas a favor de un mejor desarrollo de sus competencias. Así, cuando se reforma el Estatuto de Autonomía de Castilla y León el Consejo Comarcal tendría que tomar la iniciativa y proponer sus modificaciones al articulado. Propuestas que se pueden enviar tanto a los partidos de las Cortes de Castilla y León como de las Cortes Generales que aprobarán finalmente el texto estatutario definitivo.


En las Cortes de Castilla y León se presentan proyectos de ley, se enmiendan y aprueban. Leyes que afectan a los intereses territoriales y sociales de El Bierzo. El Consejo Comarcal debería ejercer su capacidad de iniciativa legislativa informal. En las leyes autonómicas sobre los museos, archivos  o bibliotecas podría demandar la inclusión de artículos sobre la posible comarcalización de estos servicios.

El Consejo Comarcal de El Bierzo tiene reconocidas competencias sobre las materias de ordenación del territorio y urbanismo, eso sí, aún sin desarrollar por la Junta. De ahí que haya una necesidad de modificar las actuales leyes de ordenación del territorio y urbanismo para que, posteriormente, se deleguen o transfieran competencias al Consejo Comarcal. Otro tanto podría acontecer con leyes como las del patrimonio cultural o asistencia y servicios sociales.


El Consejo Comarcal debe velar también por los intereses institucionales de los municipios y las pedanías de la región de El Bierzo. Cuando la Ley del régimen local de Castilla y León fija que “la denominación de los municipios habrá de ser en lengua castellana (…)” (art. 24.1), el Consejo Comarcal tiene que reaccionar defendiendo la presencia de la lengua gallega en las instituciones locales de El Bierzo occidental. 



Por todo ello hay que demandar una mayor capacidad de iniciativa legislativa informal del Consejo Comarcal. La presión y la negociación políticas son fundamentales para el desarrollo institucional de El Bierzo ante instituciones ya consolidadas. Nuestra región es un territorio periférico que no puede aislarse de los centros de poder político, como son las Cortes de Castilla y León o las Cortes Generales. Es fundamental reforzar la capacidad de consenso político en el pleno del  Consejo Comarcal, para luego enviar las demandas aprobadas ante los foros políticos con capacidad legislativa.

O Bierzo, agosto de 2017.
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