jueves, octubre 15, 2015

LA ORDENACIÓN TERRITORIAL Y EL BIERZO.


EL BIERZO Y LA NUEVA ORDENACIÓN TERRITORIAL,
Por Xabier Lago Mestre
Del colectivo cultural Fala Ceibe do Bierzo.
falaceibe@yahoo.es

La Junta de Castilla y León ha presentado el mapa de unidades básicas de ordenación del territorio rurales. Para El Bierzo se han establecido 7 unidades básicas, distribución que está siendo muy criticada. Resulta muy difícil entender que se intente imponer desde Valladolid una ordenación territorial que no cuenta con la aceptación del Consejo Comarcal. Desde El Bierzo tenemos derecho a opinar sobre esta ordenación territorial que tanto nos afectará negativamente.

            Para argumentar las críticas bercianas conviene recurrir a la propia legislación. El Estatuto de Autonomía de Castilla y León reconoce “la Comarca de El Bierzo, teniendo en cuenta sus singularidades y su trayectoria institucional” (art. 46.3). Está claro que entre esas singularidades está el reconocimiento de su peculiar territorialidad. Y si recurrimos a la Ley de creación de la Comarca, comprobamos que cuenta con una especial vinculación, “demarcación territorial propia y autonomía para el cumplimiento de sus fines (…)” (art. 1.1). Incluso la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local muestra su respeto por las ordenaciones comarcales, “cuyos estatutos de autonomía tengan atribuida expresamente la gestión de servicios supramunicipales” (disp, adic. 6). Leyes que dan protagonismo institucional a la Comarca en su territorio.  


Cualquier ordenación territorial de El Bierzo debe vincularse a la autonomía institucional de Consejo Comarcal. Pero esto no acontece en el caso del referido mapa de unidades básicas de ordenación rurales. La Ley de Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de Castilla y León limitó la capacidad de intervención del Consejo de El Bierzo. Así, “en la Comarca de El Bierzo se delimitarán unidades básicas de ordenación y servicios en el territorio de acuerdo con lo establecido en esta ley”, simplemente “se oirá también al Consejo Comarcal” (disp. adic. 2ª). Esta restrictiva participación berciana, no vinculante, no parece acorde con lo comentado respecto al Estatuto de Autonomía y la Ley de la Comarca.

            Por otra parte, las citadas unidades básicas rurales tienen su importancia porque pueden evolucionar hacia “mancomunidades de interés general rurales” (art. 37), o incluso “podrán solicitar su institucionalización como comarcas” (art. 37.6). Resulta totalmente ilógico que se puedan crear nuevas mancomunidades o comarcas en El Bierzo donde ya existe el Consejo Comarcal. En fin, esta política complica las relaciones interinstitucionales en vez de procurar la simplificación.


Además, cuando el Consejo Comarcal demanda nuevas competencias, tanto a la Junta de Castilla y León como a la Diputación de León, la contestación siempre es la misma, que  se asuman las competencias de las actuales mancomunidades bercianas. Pues bien, asistimos a un proceso de reforzamiento de las mancomunidades a través de estas unidades básicas de ordenación del territorio rurales. Las futuras mancomunidades aumentan a su capacidad institucional con más personal (arts. 54 y 55), financiación autonómica, provincial y municipal, e incluso con la creación de nuevos consorcios con las diputaciones (art. 48).

Ante este nuevo panorama institucional resultará imposible que las actuales mancomunidades bercianas quieran ceder competencias al Consejo Comarcal, y sí evolucionar hacia las futuras mancomunidades de interés general rurales. La Junta de Castilla y León, en vez de simplificar el mapa administrativo de El Bierzo, lo complica con la creación de nuevas mancomunidades que competirán con el Consejo Comarcal. Sin embargo, nadie duda que suprimir las mancomunidades y consorcios bercianos a favor del Consejo Comarcal supone reducir gastos de personal, locales, vehículos y materiales.


Estamos en un período de grave crisis económica que afecta a todos. Los ciudadanos no estamos dispuestos a permitir que, en vez de simplificar las estructuras administrativas para reducir gastos públicos, se aumenten.  Por eso defendemos que el Consejo Comarcal de El Bierzo asuma las competencias de las actuales mancomunidades y de las futuras mancomunidades de interés general. Solo de esta forma se reducirán los costes administrativos con criterios de eficiencia económica y de eficacia en la consecución de los fines públicos.


El Bierzo, octubre 2015.
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