martes, septiembre 30, 2014

AMENAZAS DE ELIMINACIÓN DE LAS JUNTAS VECINALES DE EL BIERZO


AMENAZAS DE SUPRESIÓN DE LAS JUNTAS VECINALES DE EL BIERZO.

Por Xabier Lago Mestre,
Colectivo cultural Fala Ceibe do Bierzo.
falaceibe@yahoo.es

El 31 de diciembre de 2014 se acabará el plazo para que las juntas vecinales de León y El Bierzo presenten sus cuentas, según la última reforma de la legislación local de 2013. Y todavía quedan pedanías que no han enviado sus cuentas a la Diputación o al Consejo Comarcal para su tramitación correspondiente. En el caso de El Bierzo, de un total de 286 son 33 las incumplidoras de esta obligación legal, a pesar de la amenaza de disolución. 

La Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local ha fijado un año para la presentación de las cuentas pedáneas. Este plazo resulta corto para tramitar las cuentas por parte de unas juntas vecinales con escasos recursos humanos (sin personal administrativo) y materiales (sin ordenadores ni internet). Pensemos en el gran esfuerzo que tienen que realizar los pedáneos de las aldeas montañosas y aisladas. Deben gestionar las facturas de años o desplazarse en su coche particular a las capitales de León o Ponferrada a entregar su documentación. Si durante el 2014 el alcalde pedáneo ha tenido problemas familiares, de salud, laborables o vacaciones, poco importa, tiene que cumplir con su obligación de presentar las cuentas. 



Pero es que también existe la amenaza de supresión de las juntas vecinales que “en el ejercicio presupuestario inmediato anterior, incumplan con el objetivo de estabilidad presupuestaria o con el objetivo de deuda pública o que en el período medio de pago a proveedores supere en más de treinta días el plazo máximo previsto en la normativa de morosidad” (artículo 116 bis). Curiosamente este mismo nivel de exigencia no se fija para el resto de administraciones públicas (Estado, CCAA, provincias y municipios). Además, a los municipios se le amenaza con la supresión de competencias impropias mientras que para los entes locales menores se reserva la disolución. No parece pues que los criterios de proporcionalidad e igualdad se apliquen por el Gobierno central con la racionalidad debida.

  Tampoco resulta lógico que se demande a nuestras juntas vecinales cumplir con la legislación estatal, presupuestaria, contable o sobre endeudamiento, cuando nos referimos a pequeñas administraciones locales. Para el Gobierno central resulta igual una pedanía de Andalucía o Extremadura que otra de una aldea de El Bierzo. ¡Por favor, seamos serios! Hay grandes diferencias de población, territorio  y recursos entre unas y otras. Lo justo sería fijar una legislación específica para las juntas vecinales pequeñas frente a la tendencia actual de la uniformidad estatal. Porque el nivel de exigencia legal a las pedanías debería derivar de su capacidad gestora, recursos, población y subvenciones públicas recibidas.


Leemos en nuestra Carta Magna, “la Constitución española garantizará (…) la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos” (art. 9.3). La Ley de racionalización y sostenibilidad debería obligar por actuaciones administrativas realizadas desde su entrada en vigor, sin ese carácter retroactivo que se le asigna en perjuicio de anteriores dinámicas pedáneas, propias de las vecindades rurales y tradicionales (pactistas, orales y poco formalistas).

SIN DECRETO DE DISOLUCIÓN DE PEDANÍAS.

En una reciente Jornada sobre la rendición de cuentas de las Entidades Locales Menores, celebrada en Ponferrada, salió a relucir el desconocimiento sobre los criterios objetivos que se van a tener en cuenta a la hora de resolver la disolución de las juntas vecinales incumplidoras. El Gobierno central hasta ahora no los ha fijado a través del correspondiente decreto. Resulta lamentable esta indefinición. Así no sabemos si las cuentas pedáneas se han de referir al último ejercicio presupuestario o a un mandato legislativo de 4 años. ¿Qué valoración tendrán los errores aritméticos, informáticos o la pérdida de facturas justificativas?, etc. En fin, demasiadas dudas planteadas que provocan la indefensión de las juntas vecinales porque desconocemos los criterios de valoración del Gobierno central a la hora de formalizar las disoluciones.


Esta difícil coyuntura para las juntas vecinales amenaza su futuro. El próximo año habrá elecciones locales y será complicado encontrar candidatos que se presenten para gobernar nuestras pedanías. Si siempre fue problemática su gestión política, por su alta exigencia de voluntarismo y altruismo, las recientes demandas legales y contables serán otro obstáculo. Todo parece indicar que la última reforma local lo que pretende es complicar la existencia de las juntas vecinales (amenazas de supresión, eliminación del carácter de administración pública…) en vez de potenciar su capacidad de servicio público en favor de los ciudadanos del medio rural.

O Bierzo, outubro de 2014.
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