lunes, septiembre 13, 2010

PROVINCIA DE EL BIERZO Y LA HERMANDAD DE CASTILLA.


LA PROVINCIA DE EL BIERZO EN LAS CUENTAS DE LA HERMANDAD DE CASTILLA,
Por Xabier Lago Mestre, del colectivo Fala Ceibe do Bierzo.



La llamada provincia de El Bierzo aparece con profusión en la documentación hacendística del llamado Antiguo Régimen (siglos XVI al XVIII). Esta provincia berciana la podemos identificar con un partido fiscal. Desde luego esta provincia no tenía una organización específica, con órganos de gobierno propios como las provincias liberales del siglo XIX. A pesar de esto, no se puede negar la fuerte vinculación del corregidor de Ponferrada, oficial real de mayor rango en la región, con esta provincia. Esta institución reafirma su reconocimiento jurídico a nivel fiscal pero también judicial, gubernativo o militar.


En artículos anteriores hemos visto la especificidad fiscal de la provincia de El Bierzo en diversos aspectos tributarios (servicios ordinarios y extraordinarios de Cortes, alcabalas, voto de Santiago…). En este caso analizaremos la implicación fiscal de la provincia berciana en las cuentas de la Hermandad de Castilla. Conviene decir que esta Hermandad era un cuerpo policial que perseguía los delitos de orden público en el medio rural. Su amplia organización territorial en la Corona de Castilla sirvió, en la segunda mitad del siglo XV, para la recaudación de ingresos de a Hacienda real. Los Reyes Católicos no convocaron Cortes para pedir servicios, de 1480 a 1498, y por lo tanto, se aprovecharon de las contribuciones de la Hermandad para obtener ingresos fiscales.


Siguiendo los datos de las cuentas de la Hermandad de Castilla, publicadas por el profesor Miguel Ángel Ladero Quesada, vemos que en la relación de provincias que la componían figura la de Ponferrada. Esta villa tiene como nombre de la provincia berciana porque era la capital del corregimiento realengo. Provincias vecinas de la berciana eran las del Principado de Asturias, de León, las gallegas (Santiago, A Coruña-Betanzos, Mondoñedo, Lugo e Ourense), Zamora, Palencia, Valladolid, Salamanca, Ávila, Segovia, Soria y demás. Conviene decir que la provincia de Ponferrada tenía la peculiaridad de tener anejas las llamadas tierras del marqués de Villafranca del Bierzo. Recordamos que el marquesado se formó con las antiguas posesiones del conde de Lemos, confiscadas tras la sentencia arbitral, mediatizada por los Reyes Católicos.


Ladero Quesada indica que “la contribución se cobraba aparte en los territorios de algunos señoríos singularizados como distritos a efectos del cobro: el condestable de Castilla, el marqués de Villafranca, los duques del Infantado y de Medinaceli (…)”. Se trata de un privilegio real concedido en este caso a los marqueses, ya que eran ellos los que controlaban la recaudación de su cupo de la contribución de la Hermandad en vez de los oficiales reales. Los reyes pactaban con estos grandes señores los cupos del pago, mediante el encabezamiento, “que eran muy inferiores a la que les corresponderían según el número de vecinos (…)”. Luego los marqueses de Villafranca salían claramente beneficiados con este desigual sistema de pago fiscal.

Resulta de interés indicar que la provincia de Ponferrada tenía poca recaudación de la contribución, por su baja población y escaso territorio, en relación con otras provincias limítrofes. Así, mientras que León pagaba 1.468.940 maravedís (segundo año de la cuarta prorrogación), Ponferrada lo hacía con 235.000 mrs. y el principado de Asturias con 200.000 mrs.


Además, se ha determinado la capacidad fiscal de los contribuyentes, según la división provincial, Ourense (2.83), Lugo (3.85), León (3.7), Asturias (0.5), Ponferrada (0.55) y Villafranca (0.11). Con estos datos se confirma la muy baja fiscalidad de las tierras del marquesado, tras su peculiar negociación de su cupo encabezado con la Corona. Aunque también era baja la presión fiscal en Asturias y la provincia de Ponferrada por la hidalguía de su población que resultaba exenta.


La llamada Quinta prorrogación (agosto de 1490 a agosto de 1493) ofrece información sobre ciertos grandes señores descontentos con los cupos asignados para la recaudación de la contribución de la Hermandad de Castilla, caso de los marqueses de Villafranca o el conde de Benavente. También sabemos de los lugares de la provincia de El Bierzo donde los tesoreros de la Hermandad no pudieron cobrar la contribución ordinaria, por diversas razones. La falta de pecheros fue alegada por Pieiros, Magaz de Yuso, ¿Valdanclares?, A Somoza de Sant Cosme, Congosto, Santa Cruz y Santibáñez. La villa de Corullón dijo “que los defiende el conde de Benavente por suyos que non“, por lo que no tenían necesidad de hombres de Hermandad. San Román de Bembibre comentó que fue quemado por los de Ponferrada. El Azevo no paga “por privilegio de sus altezas porque pongan los palos en el puerto de Ravanal”. Otros territorios exentos son los de la Abadía de Compludo, monasterio de Carracedo, del marquesado de Villafranca, Puerto de O Cebreiro y Rabanal.


Para los repartimientos extraordinarios de peones para la Guerra de Granada, en la provincia de Ponferrada, no se cobraron maravedís de los concejos de Pieiros, Magaz de Yuso, Val de Ancares, A Somoza de San Cosme, concejos de Congosto, Alver y San Justo, Santa Cruz y Satibáñez, San Román de Bembibre, y los lugares de las abadías de Compludo, Carracedo, concejos de Perexe y Pradela.

La Guerra de Granada forzó la creación de contribuciones extraordinarias de la Hermandad de Castilla para sufragar los gastos militares, fundamentalmente para la contratación de infantería. Los repartimientos de los años 1490 y 1491, referidos a León, el principado de Asturias y la provincia de Ponferrada consistieron respectivamente en 1.149.833 maravedís, 140.000 y 157.640 mrs. Una vez más, vemos como a pesar de tener menos población y territorio, la provincia berciana pagaba más que la de Asturias.


La Hermandad de Castilla tenía su peculiar organización para el cumplimiento de funciones de policiales y fiscales. A través de los pagos de salarios y libranzas para los oficiales sabemos que había jueces de Hermandad y escribanos. Correspondiendo a la provincia de Ponferrada, el corregidor Luis de la Ribera (20.000 mrs) y al escribano Arias Díaz (2000 mrs), mientras que León tenía como juez ejecutor a Pedro Docampo y al escribano Alonso Fernández de Villalpando. Según el Memorial de Quintanilla, los jueces ejecutores de la Hermandad visitaban las localidades de su provincia, llevaban registro escrito de todos los lanceros, ballesteros y espingarderos de cada lugar, y de la artillería, y tendrían registro de todos los hidalgos, de sus lugares de residencia, ”y como los llaman y cuales vivien por acostamiento con vuestras altezas o con otros señores y cuales son hombres de armas y cuales jinetes y cuales no viven con señores ni tienen caballos, porque todo esto haya libros de relación (…)”.


Ponferrada, septiembre de 2010.
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